En Ecuador, según la Constitución (art. 66.12) y la Ley que Regula la Interrupción Voluntaria del Embarazo en Casos de Violación, el médico tiene derecho a que se reconozca su derecho a la objeción de conciencia sin trabas ni sanciones. La única condición es la presentación de una notificación al director de la institución médica.
Si usted es médico y está siendo obligado a realizar un procedimiento en contra de sus convicciones, en esta página encontrará asesoría legal y contacto con abogados especializados para asistirlo en defensa de sus derechos.
El derecho constitucional a la objeción de conciencia es el reconocimiento del Estado a la facultad que tiene un individuo a actuar acorde a sus propias convicciones.
En materia de aborto, este derecho ampara al médico de instituciones públicas y privadas que no desean colaborar con la práctica del aborto, conforme los artículos de la Ley que Regula la Interrupción Voluntaria del Embarazo en Casos de violación.